Autorización administrativa para el funcionamiento de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios

| 28/06/2007
Arquitectura Documentación Artículos Autorización administrativa para el funcionamiento de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios


Páginas: 4 págs.
Todo Hospital nº 233, enero-febrero 2007, p.53-56
Autores:

M. Rigabert Antón
Médico Inspector - Consejería de Sanidad y Consumo - Comunidad de Madrid

J.M. Mendieta Lázaro
Director Médico del Hospital Infantil Universitario Niño Jesús - Madrid

M. Salcedo Díaz
Enfermero Subinspector - Consejería de Sanidad y Consumo - Comunidad de Madrid

Contenido:

La autorización previa de la Administración es un requisito imprescindible para la apertura de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios. El presente artículo se centre en tres cuestiones básicas de la misma: en quién autoriza, en cómo se autoriza y qué se autoriza, siendo esta última el elemento fundamental del proceso. La autorización de funcionamiento de un Centro supone una garantía para sus usuarios. Pero, ¿cuáles son sus límites? ¿qué garantiza? ¿se autoriza un local, el ejercicio profesional, una técnica, la praxis? El análisis y la reflexión sobre estas materias, y su relación con la publicidad y el marketing son el eje central del artículo.
Rigabert Antón, M.; Mendieta Lázaro, J.M. y Salcedo Díaz, M.

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