Protección de las trabajadoras gestantes expuestas a radiaciones ionizantes en el ámbito sanitario

Consejo de Seguridad Nuclear | 2016
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Fecha: 2016
Idioma: Castellano
Procedencia: Consejo Seguridad Nuclear
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Contenido del documento

  1. Introducción
  2. Recomendación y normas aplicables a la exposición ocupacional de las trabajadoras expuestas gestantes
  3. Efecto biológicos de las radiaciones ionizantes y gestación
  4. Evaluación de los puestos de trabajo en el ámbito sanitario
  5. Control y vigilancia dosimétrica de las trabajadoras expuestas gestantes
  6. Consideraciones finales
  7. Anexos
  8. Bibliografía

Introducción
Las mujeres embarazadas que, por razón de su actividad laboral, están expuestas a las radiaciones ionizantes, constituyen un colectivo singular desde el punto de vista de la protección radiológica ya que, con objeto de proporcionar una protección al embrión/feto semejante a la que se proporciona a los miembros del público, existe la posibilidad de tener que aplicar medidas de control adicionales a las ya establecidas.

Esta problemática es especialmente relevante en el ámbito de los usos médicos de las radiaciones ionizantes, donde el número de trabajadoras expuestas a radiaciones en edad fértil es significativo. Por ello, en el año 2003 el CSN publicó el documento “La protección de las trabajadoras gestantes expuestas a radiaciones ionizantes en el ámbito sanitario”, desarrollado en el contexto del Foro sobre Protección Radiológica en el Medio Sanitario.

La condición de embarazo de una trabajadora expuesta a radiaciones ionizantes no presupone obligatoriamente la separación del puesto de trabajo, haciendo necesaria la evaluación de las condiciones del mismo y de los riesgos a los que está expuesta para cumplir con los requisitos legales vigentes.

Para llevar a cabo dicha evaluación, deberá existir una coordinación total entre el servicio de prevención de riesgos laborales, el director o supervisor de la instalación y el responsable de protección radiológica.

La retirada de la trabajadora gestante de ese puesto de trabajo únicamente se debería contemplar cuando de dicha evaluación se desprenda que tal actividad laboral puede implicar un peligro para la a seguridad o salud de la trabajadora, o la del feto.

Uno de los objetivos que se persiguen con la presente publicación es que los responsables de riesgos laborales en el ámbito sanitario dispongan de la información y de los criterios necesarios para poder realizar las evaluaciones mencionadas.

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