Navarra habilita el sistema para la facturación electrónica, que empieza a operar a partir del 15 de enero

09/01/2015
Servicios Hospitalarios Noticias Navarra habilita el sistema para la facturación electrónica,  que empieza a operar a partir del 15 de enero

El Gobierno de Navarra ha habilitado el sistema para el tratamiento y la remisión de facturas electrónicas dando cumplimiento a lo estipulado en la normativa estatal, Ley 25/2013 de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, que obliga a las comunidades autónomas, a las entidades locales y al Estado a disponer de un punto general de entrada de facturas electrónicas.


 


De esta forma, y en virtud de lo establecido en la Ley citada, la Comunidad Foral de Navarra se ha adherido a la plataforma electrónica FACe-Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de ámbito nacional, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.


 


La utilización de este sistema resulta mucho más eficiente en términos económicos que la creación de un nuevo punto de entrada que hubiera supuesto un desembolso inicial siete veces superior al estimado para 2015.


 


De esta forma, según el análisis realizado por la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones del Gobierno de Navarra, el coste estimado para 2015 de la creación de un nuevo punto de entrada hubiera ascendido a 1.029.900 euros, (en los conceptos de inversión inicial y gasto anual de mantenimiento y soporte) frente al coste estimado de la opción adoptada que asciende a 135.770 euros.


 


La Ley del impulso de la factura electrónica y creación del registro contable obliga a muchos proveedores de las administraciones públicas al uso de la factura electrónica a partir del 15 de enero. Afecta, principalmente a sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, uniones temporales de empresas y agrupaciones de interés económico. En el caso de la Comunidad foral de Navarra, se estima que puede afectar al 90% de los proveedores que prestan sus servicios a las Administraciones Públicas.


 


La ley 25/2013 establece que los proveedores de las Administraciones públicas expidan y remitan facturas electrónicas a través de un Punto General de Entradas

La facturación electrónica repercutirá en la reducción de los costes tanto de los proveedores como de la Administración, ya que se automatizan los procesos y se agiliza el procedimiento.


 


En aplicación de la normativa estatal, los proveedores deben incluir en la factura electrónica los códigos de las unidades responsables de la gestión de las facturas. Además, en Navarra deben incluir la información codificada proporcionada por el órgano que haya encargado la prestación que se factura, lo que permitirá identificar el tratamiento contable y presupuestario que debe darse, y ello redundará en una mayor rapidez en la gestión del pago.


 


Pago a proveedores


 


Navarra es la comunidad que antes paga a sus proveedores y la única que lo hace en plazo, según el informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hecho público el pasado mes de noviembre. En dicho Informe se destaca que Navarra es la única región que abona sus facturas en el plazo de 30 días y muy por debajo de la media española (72,89 días). Por detrás de la Comunidad Foral las comunidades más puntuales en el pago son País Vasco (34,09 días), Canarias (37,38 días) y Galicia (41,34 días). En el extremo contrario, Aragón figura como la comunidad más deudora, con una media de 107,53 días.


 


Según el informe del Ministerio, nueve comunidades autónomas (Andalucía, Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Aragón, Extremadura, Región de Murcia y Comunidad Valenciana) superan el plazo máximo de demora de la normativa en materia de morosidad, establecido en 30 días contados a partir de cumplirse el plazo (otros 30 días) previsto en la ley de contratos (es decir, 60 días desde la presentación de la factura).


 

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