El consumo energético casi nulo en hospitales públicos, antes de 2019

04/09/2017
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Cambio en la actual normativa y fijación en el procedimiento básico para la certificación de estos edificios

Los nuevos edificios de titularidad pública que vayan a estar ocupados (entre ellos, los hospitales y centros de salud), deberan tener un consumo de energía casi nulo después del 31 de diciembre de 2018. Así lo establece el Real Decreto 564/2017, que modifica el 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. El Ministerio de Energía y el de Fomento han puesto en marcha esta nueva normativa que dé cumplimiento a las directrices impuestas por Europa en 2010, donde se estableció que en los próximos años, las construcciones de titularidad pública tenían que tener un consumo de energía casi nulo. Para ello, el Gobierno no solo ha establecido el ‘tope’ de 2019 en los edificios de titularidad pública, sino que también establece que como tarde el 31 de diciembre de 2020, los edificios nuevos serán también de consumo de energía casi nulo”. Para ello, se establecerán auditorías energéticas, acreditaciones de proveedores de servicios y auditores energéticos que promocionen este tipo de eficiencia en el suministro. Sin embargo, esta modificación de la normativa también establece qué edificios están excluidos de aplicar el consumo energético casi nulo:  
  • Los que puedan verse alterados de manera inaceptable su carácter o aspecto
  • Lugares de culto y para actividades religiosas
  • Construcciones con un plazo previsto de utilización de igual o inferior a dos años
  • Edificios de baja demanda energética
  • Edificios que midan menos de 50 metros cuadrados
  • Edificios que requieran reformas importantes o demolición o edificios con viviendas existentes.
  Para obtener el certificado de consumo de energía casi nulo y la obligación de exhibir esta etiqueta de eficiencia energética en edificios protegidos oficialmente, el Gobierno da un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este presente real decreto.

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