De servicios sociales de Andalucía.
Ley 2/1988, de 4 de Abril La Constitución española compromete expresamente a los poderes públicos enla promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas (artículo 9.2), así como en el cumplimiento de objetivos que hagan posible el progreso social y económico (artículo 40.1). Ello, unido a la atención que presta a determinadas poblaciones diferenciadas, como la juventud (artículo 48), los disminuidos físicos, seSumario:
TÍTULO I. EL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES.
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Principios generales.
TÍTULO II. ACCIÓN PROTECTORA Y ESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA
PÚBLICO DE
SERVICIOS SOCIALES.
CAPÍTULO I. ALCANCE Y ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS SOCIALES.
Artículo 3. Titulares de derecho.
Artículo 4. Contenido de los servicios sociales.
Artículo 5. Estructura de los servicios sociales.
CAPÍTULO II. SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS.
Artículo 6. Áreas de actuación de los servicios sociales.
Artículo 7. Servicios sociales comunitarios.
Artículo 8. Objetivos de los servicios sociales comunitarios.
Artículo 9. Las zonas de trabajo social.
Artículo 10. Los centros de servicios sociales comunitarios.
CAPÍTULO III. SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS
Artículo 11. Servicios sociales especializados.
CAPÍTULO IV. EQUIPAMIENTO
Artículo 12. Equipamiento.
Artículo 13. Funcionamiento de los centros.
CAPÍTULO V. PRESTACIONES ECONÓMICAS
Artículo 14. Contenido de las prestaciones económicas.1
Ley 2/1988, de 4 de abril, de servicios sociales de Andalucía.
CAPÍTULO VI. PLAN REGIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
Artículo 15. Plan regional de servicios sociales.
Artículo 16. Prioridades.
TÍTULO III. DE LAS COMPETENCIAS
CAPÍTULO ÚNICO.
Artículo 17. De la administración autonómica.
Artículo 18. De las Diputaciones provinciales.
Artículo 19. De los ayuntamientos.
TÍTULO IV. ÓRGANOS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN
CAPÍTULO I. DE LA GESTIÓN.
Artículo 20. El Instituto Andaluz de Servicios Sociales.
Artículo 21. Bienes y medios económicos.
Artículo 22. Órganos rectores.
CAPÍTULO II. DE LA PARTICIPACIÓN
Artículo 23. Consejos de servicios sociales.
Artículo 24. Funciones de los Consejos de servicios sociales.
CAPÍTULO III. DE LA INICIATIVA Y EL VOLUNTARIADO SOCIAL
Artículo 25. Colaboración de la iniciativa social.
Artículo 26. Voluntariado social.
TÍTULO V. FINANCIACIÓN.
CAPÍTULO I. DE LA FINANCIACIÓN PÚBLICA.
Artículo 27. De la administración autonómica.
Artículo 28. De la colaboración financiera.
CAPÍTULO II. DE LA INICIATIVA SOCIAL
Artículo 29. Colaboración financiera con la iniciativa social.
Ley 2/1988, de 4 de abril, de servicios sociales de Andalucía.
Artículo 30. De la participación de los usuarios en los gastos de los servicios.
TÍTULO VI. INFRACCIONES Y SANCIONES.
CAPÍTULO ÚNICO.
Artículo 31. Régimen de infracciones y sanciones.
Artículo 32.
Artículo 33. Calificación y sanciones.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
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