Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales | 14/04/1997
Arquitectura Documentación Normativas Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo


BOE nº97 de 23 de abril de 1997. Real Decreto 486/1997 de 14 de abril. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
Buena parte de las materias reguladas en este Real Decreto, condiciones constructivas, de los lugares de trabajo, iluminación, servicios higiénicos y locales de descanso, etc., han estado reguladas hasta el momento presente por
la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aprobada mediante
Orden de 9 de marzo de 1971.
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