RDU.Reglamento de disciplina urbanística.
Real decreto 2187/1978, de 23 de junio. RDU. Reglamento de disciplina urbanística.PREÁMBULO
TÍTULO PRIMERO. Intervención de la edificación y usos del suelo. Artículos 1 - 28
Capítulo I.- De las licencias.
Sec. 1ª. Actos sujetos, competencia y procedimiento.
Sec. 2ª. De los actos promovidos por órganos del Estado o Entidades de Derecho Público que administren bienes estatales.
Capítulo II.- De las órdenes de ejecución.
Sec. 1ª. Disposiciones generales.
Sec. 2ª. Del estado ruinoso de las construcciones.
TÍTULO II.- Protección de la legalidad urbanística. Art. 29 - 50
Capítulo I.- De las obras que se realicen sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones de una u otra.
Capítulo II.- De la suspensión de los efectos y de la revisión de licencias.
Capítulo III.- De las obras y licencias en zonas verdes o espacios libres.
Capítulo IV.- De la suspensión y revisión de los actos y acuerdos municipales en materia de urbanismo.
Capítulo V.- Otras medidas tendentes a la protección de la legalidad en materia de licencias.
TÍTULO III.- Infracciones urbanísticas y su sanción. Art. 51 - 94
Capítulo I.- Disposiciones generales.
Sec. 1ª. Infracciones urbanísticas.
Sec. 2ª. Personas responsables.
Sec. 3ª. Reglas para la aplicación de las sanciones.
Sec. 4. Competencia y procedimiento.
Capítulo II.- De las diferentes infracciones y sus sanciones.
Sec. 1ª. En materia de parcelación.
Sec. 2ª. En materia de uso de suelo y edificación.
Sec. 3ª. Disposiciones comunes.
Capítulo III.- De la prescripción.
DISPOSICIÓN FINAL
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