Se regulan los apartamentos turísticos, las viviendas turísticas ocasionales, los alojamientos en habitaciones de casas particulares y las casas rurales
Decreto 191/1997, de 29 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos, las viviendas turísticas ocasionales, los alojamientos en habitaciones de casas particulares y las casas rurales
Necesitas estar registrado para ver el contenido
Para poder escribir un comentario debe iniciar sesión o darse de alta en el portal.