La Generalitat expropiará las parcelas que rodean el Hospital de La Ribera
Fecha: 16/09/2017
Procedencia: Valencia Plaza
Web: ver aquí
Ubicación: València, España
La Generalitat Valenciana expropiará forzosamente las parcelas que rodean al Hospital de La Ribera con motivo de su vuelta a lo público el 1 de abril de 2018. Así lo recoge el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, más conocida como ley de acompañamiento.
El anteproyecto declara de "utilidad pública e interés social" los aparcamientos del hospital y sus accesos. La empresa gestora, Ribera Salud, compró un terreno para ampliar el parking al considerar insuficiente el de titularidad pública. La compañía liderada por Alberto de Rosa también es propietaria del terreno donde se alberga la rotonda de entrada al recinto y que junto a la parcela del parking irán a manos de la administración pública. "Se trata de normalizar la situación de la superficie, que debe estar a nombre de la administración", señalan desde la Conselleria de Sanidad.
Esta expropiación forzosa también afectará a todas aquellas parcelas incluidas dentro de la manzana perteneciente a la red primaria y que están calificadas como 'dotacional de servicios públicos' por el Plan General de Alzira. La titularidad de éstas, según explican desde el departamento de Carmen Montón, están repartidas entre Ayuntamiento, Diputación de València y algún particular. No obstante, marca como excepción aquellas en las que está construido el Hospital, que ya son propiedad de la Generalitat.
"Esta expropiación forzosa, que recuerda a otras latitudes, demuestra que la reversión del hospital de Alzira ya empieza a costarle mucho dinero a los valencianos, y que se genera un problema donde nunca antes lo había habido. Y es la punta del iceberg", señala el gerente del Hospital de La Ribera, Javier Palau.
Regulación del "personal a extinguir" de La Ribera
La disposición adicional sexta del anteproyecto de la ley de acompañamiento también regula el traspaso del personal de Ribera Salud a la administración pública. Lo hace basándose en el artículo 44 del Estatuto de Trabajadores, relativo a la sucesión de empresas. "Se subrogará la condición de empleador que la empresa concesionaria, Ribera Salud, ostentaba en los contratos de trabajo celebrados, al amparo del Estatuto de los Trabajadores, para la incorporación del personal necesario para la prestación del servicio, ya fueran temporales o indefinidos", recoge la norma. "El personal afectado seguirá en sus puestos en condición de personal a extinguir, desempeñando sus tareas y con idéntica condición de personal laboral hasta que cese por fallecimiento, jubilación o cualquier otra causa legal. No será obstáculo a lo anterior la calificación de las plazas que pueda ocupar este personal como propias de personal estatutario, pudiendo desempeñarlas transitoriamente en la condición a extinguir". El anterproyecto de la ley de acompañamiento recuerda que la condición plena de personal estatutario solo podrá adquirirse mediante la superación de unas oposiciones. La condición de indefinido no fijos que adquieren los trabajadores no supone nada más que el tener contrato laboral con la administración. La expresión de "personal a extinguir" deja constancia de que a pesar de la voluntad del gobierno valenciano de mantener a los trabajadores de Alzira, si se convocara una Oposición Pública de Empleo para La Ribera podrían perder sus puestos, de la misma forma que si el gobierno de turno tomara la decisión de realizar despidos. Como ya señaló la consellera de Sanidad, Carmen Montón, el personal estatutario fijo dependiente de la conselleria pero que tenga contrato de trabajo indefinido con Ribera Salud tendrá la opción de mantener esas condiciones con la administración. También podrá solicitar la reincorporación al servicio activo como estatutario fijo en las condiciones previstas en el Estatuto del Personal Estatutario de los servicios de Salud. El mismo derecho se les reconoce a aquellos estatutarios fijos que fueron declarados en situación de excedencia por incompatibilidad. Esta decisión deberá ser comunicada en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha en la que se ejecute la reversión. En el caso de que éstos optaran por mantener la vinculación laboral derivada de la empresa concesionaria será declarará en situación administrativa de excedencia por prestación de servicios en el sector público.Para poder escribir un comentario debe iniciar sesión o darse de alta en el portal.