Hacienda fija el 22 de marzo como límite para que los proveedores confirmen sus facturas
Los proveedores que quieran acogerse a la extensión del plan de pago a proveedores tienen hasta el próximo viernes 22 de marzo para solicitar ser incluidos en el listado de facturas de la entidad local o la comunidad autónoma, según ha informado el Ministerio de Hacienda en un comunicado.
Para ello, tienen que acudir a los ayuntamientos, mancomunidades o comunidades autónomas de los que son acreedores para hacer esa gestión en formato papel. Deberán aportar su NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal.
La solicitud implica la aceptación, por parte del proveedor, del pago de la deuda comercial pendiente a través de este mecanismo renunciando a intereses y otros gastos. Tanto la entidad local como la comunidad autónoma emitirán un certificado individual de reconocimiento de la obligación.
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya explicó el mes pasado que los proveedores que tengan facturas pendientes con aquellas administraciones que se acojan a la ampliación del plan de pago a proveedores aprobado por el Gobierno cobrarían en la primera quincena de junio.
La cartera dirigida por Cristóbal Montoro incluyó en su web una página especial (`http://www.minhap.gob.es/es-ES/Paginas/20130222_Proveedores.aspx`) en la que explicaba el mecanismo de pago en esta segunda fase del plan, dotado de 2.600 millones de euros procedentes del remanente de la dotación inicial del Fondo de Proveedores de 30.000 millones.
El procedimiento establece que los proveedores tendrán hasta el 22 de marzo para consultar el listado de facturas y aceptar el pago de la deuda por este mecanismo renunciando a sus intereses, en el caso de las comunidades autónomas, o para solicitar ser incluidos en el listado de facturas de las entidades locales, que deberán emitir entonces certificados individuales de reconocimiento de la obligación.
Se incluyen los contratos de colaboración público-privada, así como determinados contratos de concesión de obras públicas y de gestión de servicios públicosPara poder escribir un comentario debe iniciar sesión o darse de alta en el portal.