Un borrador de orden del Gobierno fija el pago por el uso de ortoprotésicos

17/12/2012
Servicios Hospitalarios Noticias Un borrador de orden del Gobierno fija el pago por el uso de ortoprotésicos

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha fijado la aportación que tendrá que pagar el usuario para acceder a la cartera suplementaria de prestación ortoprotésica ambulatoria entre 20 y 40 euros para rentas menores de 100.000 euros, según el borrador de la orden. Dicha orden establece que el usuario pagará un 10 por ciento del precio de oferta del producto en los subgrupos de aportación reducida, con un límite máximo de 20 euros por prescripción.

Ateniendo a la norma, aprobada mediante un Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en este grupo se incluyen las prótesis externas donde se contemplan, entre otras, los audífonos, las prótesis de mano, prótesis de mama o prótesis del paladar; un grupo de sillas de ruedas; y de ortesis, ortoprótesis especiales y renovación de los componentes externos de implantes quirúrgicos. Para el resto de productos, como muletas, las personas que ostenten la condición de asegurado activo, con renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros, tendrán que pagar un 50 por ciento del precio de oferta del producto con un límite de 40 euros por prescripción. Según varíe la renta, los usuarios tendrán que pagar el 10, el 40 o hasta el 60 por ciento.

Atendiendo al RD, quedarán exentos de aportación los afectados de síndrome tóxico; los perceptores de rentas de integración social y de pensiones no contributivas; los parados de larga duración y los discapacitados contemplados en el sistema especial de prestaciones sociales y económicas.

El objetivo de esta norma, que es el primer borrador que se ha sometido a informe del Comité Asesor para la Prestación Ortoprotésica y que aún puede ser modificado, es, según señala Sanidad, "conseguir una mayor eficiencia y homogeneidad en la prestación".

El procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica, así como las condiciones de acceso, de indicación, de gestión, de aplicación del catálogo y, si procede, de préstamo, alquiler y recuperación de los artículos, serán determinados por la administración competente en la gestión de esta prestación designada por cada comunidad autónoma.
La cantidad variaría entre los 20 y 40 euros para rentas menores de 100.000 euros, las superiores, tendrían que pagar hasta el 60 por ciento del precio de oferta del producto

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