Un juez apoya el recorte salarial del 5% al personal sanitario no funcionario del Hospital Santa Caterina de Salt en Girona
La Generalitat acaba de salir reforzada en su polémica recomendación de reducir el sueldo también a los empleados que no son funcionarios pero trabajan en la red de hospitales públicos. El Juzgado de lo Social número 2 de Girona considera que es legal la bajada del sueldo del 5% de los trabajadores del hospital de Santa Caterina de Salt (Gironès). El centro, dependiente de la Generalitat, ha aplicado el recorte a los empleados laborales, que tienen un convenio propio. La sentencia es la primera en Cataluña que avala la reducción del sueldo del personal no funcionario.
La juez Estefanía López fundamenta que, puesto que el hospital de Santa Caterina forma parte de la Generalitat y esta se ha visto obligada por ley a apretarse el cinturón presupuestario, lo lógico es que eso repercuta también en los hospitales de la misma y en sus trabajadores, aunque no sean funcionarios.
Y da un paso más. López considera que el convenio colectivo de la Red Hospitalaria de Utilización Pública (XHUP son sus siglas en catalán), que rige en la mayoría de los hospitales de la red -el 70% de la oferta sanitaria catalana-, no prevalece por encima del Decreto Ley 3/2010 de la Generalitat, que establece el recorte
La juez concluye que "el descuento lineal del salario del personal laboral del hospital de Santa Caterina en un 5% no es contrario a derecho ni vulnera derecho fundamental alguno", por lo que desestima la demanda del sindicato Unión Sindical Obrera de Cataluña.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJC).El Juzgado de lo Social número 2 de Girona considera que es legal la bajada del sueldo del 5% de los trabajadores del hospital
La juez Estefanía López fundamenta que, puesto que el hospital de Santa Caterina forma parte de la Generalitat y esta se ha visto obligada por ley a apretarse el cinturón presupuestario, lo lógico es que eso repercuta también en los hospitales de la misma y en sus trabajadores, aunque no sean funcionarios.
Y da un paso más. López considera que el convenio colectivo de la Red Hospitalaria de Utilización Pública (XHUP son sus siglas en catalán), que rige en la mayoría de los hospitales de la red -el 70% de la oferta sanitaria catalana-, no prevalece por encima del Decreto Ley 3/2010 de la Generalitat, que establece el recorte
La juez concluye que "el descuento lineal del salario del personal laboral del hospital de Santa Caterina en un 5% no es contrario a derecho ni vulnera derecho fundamental alguno", por lo que desestima la demanda del sindicato Unión Sindical Obrera de Cataluña.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJC).El Juzgado de lo Social número 2 de Girona considera que es legal la bajada del sueldo del 5% de los trabajadores del hospital
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