Disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles.

Consejo de la Unión Europea | 24/06/1992
Arquitectura Documentación Normativas Disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles.


Directiva 92/57/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992 relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles.DOCE L245, de 26 de agosto de 1992.

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