El CSCAE rechaza “radicalmente” una posible aprobación de la Ley de Servicios Profesionales

07/01/2013
Arquitectura Noticias El CSCAE rechaza “radicalmente” una posible aprobación de la Ley de Servicios Profesionales

Según Jordi Ludevid, presidente del CSCAE, “se pretende extender la reserva de actividad de la arquitectura a todas las ingenierías, lo que sin duda supondría la más grave agresión a nuestra profesión sufrida hasta la fecha y conllevaría su práctica desaparición, así como la destrucción de la arquitectura en nuestro país”.

Tras reunirse en Pleno Extraordinario, el CSCAE ha afirmado que este borrador puede, además de poner en peligro el trabajo del sector de la arquitectura, “crear confusión entre la arquitectura y otras profesiones”, lo que “puede provocar una concentración de la actividad de las oficinas técnicas que sería contraria a la deseable competencia dentro del sector”.

Al mismo tiempo, el CSCAE defiende que “la arquitectura está reconocida en nuestra sociedad como una actividad específica, de interés público y cultural con una lógica disciplinar y académica propia” debido a su importancia como patrimonio cultural, “y por ser en la arquitectura donde se responde a las necesidades de las personas, particularmente aquellas que exigen un medio físico adecuado para el desarrollo de la actividad cotidiana con garantía expresa de su seguridad”.

Este reconocimiento motivó que en su momento la Unión Europea promulgara una Directiva específica en la que se precisan detalladamente los conocimientos mínimos con los que debe cualificarse el profesional que ejerza la arquitectura, destaca el CSCAE.

La consolidación de una formación integral, que incluye los contenidos tecnológicos para la materialización de los edificios, “ha generado un modelo de indudable excelencia”. Por otro lado, “la legislación confirma la responsabilidad del arquitecto, como titular adecuado, para garantizar a la sociedad el cumplimiento de las distintas exigencias de calidad y seguridad de las personas en función de los distintos usos”.

La Ley 28/1999 de Ordenación de la Edificación establece, especialmente en sus artículos 10, 12 y 13, el reparto de competencias de arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos en obras de edificación, en relación con la redacción de proyectos, dirección de obra y dirección de ejecución de obras de edificación. “Un inadecuado cambio de este marco regulador significaría una quiebra del sistema público de garantías en la protección de los derechos de los ciudadanos, contraria a lo ordenado en el Parlamento Europeo”.
El anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales que ha elaborado el Ministerio de Economía y Competitividad como antesala de la norma definitiva y que afecta a profesiones como la arquitectura, la farmacia o la abogacía.

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