Se regulan las actividades de desalado de las aguas marinas o salubres, así como el uso posterior del agua, estableciéndose el procedimiento para la obtención de las correspondientes autorizaciones.
BOE nº 189 de 9 de agosto de 1995. Decreto 1327/1995 de 28 de agosto, por el que es regulan las actividades de desalado de aguas marinas o salubres, así como el uso posterior del agua, estableciéndose el procedimiento para la obtención de las correspondientes autorizaciones.
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