Red de laboratorio de alerta biológica “RE-LAB”

06/03/2019
Laboratorios Normativas Noticias Red de laboratorio de alerta biológica “RE-LAB”
Fecha: Febrero 2019 Idioma: Castellano Procedencia: JG Ingenieros Web: ver aquí Autor: Ángel Sánchez   En el Boletín Oficial del Estado nº 311 de 26 de diciembre de 2018, en el apartado del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, se publica la Orden PCI/1381/2018, de 18 de diciembre, por la que se regula la Red de Laboratorios de Alerta Biológica "Re-Lab". Mediante Orden PRE/305/2009, de 10 de febrero, se creó la Red de Laboratorios de Alerta Biológica «RE-LAB», como una infraestructura compuesta por diferentes órganos, instituciones y laboratorios de referencia, en sus diferentes ámbitos de actuación, del territorio nacional, con objeto de dar una respuesta rápida a situaciones de emergencia producidas por incidentes con agentes biológicos (agentes biológicos vivos y agentes de espectro medio – toxinas y biorreguladores), como las ocurridas en la primera década del siglo XXI. Este tipo de amenaza reúne una serie de características, tales como la dificultad de detección e identificación de gran parte de los agentes biológicos antes de que aparezcan los síntomas del mal provocado y la enorme potencialidad de la mayoría de estos para ocasionar graves daños con efectos multiplicativos por contagio. En lo que concierne a los laboratorios de referencia para la detección e identificación de los agentes biológicos, en el seno del, entonces Sistema Nacional de Conducción de Situaciones de Crisis, se creó un grupo de expertos, coordinados por el Ministerio de Defensa, que diseñó la Red de Laboratorios de Alerta Biológica, denominada «RE-LAB», cuyo propósito es unir una serie de laboratorios especializados y complementarios entre sí, mediante la interconexión de sus bases de datos y los adecuados protocolos de funcionamiento. En el momento de su creación, la Red de Laboratorios de Alerta Biológica (en adelante «RE-LAB»), integraba cinco laboratorios de referencia y dos laboratorios de apoyo coordinados por el Instituto de Salud Carlos III. Posteriormente, por Orden PRE/2565/2015, de 26 de noviembre, se modificó la Orden PRE/305/2009, de 10 de febrero, con el objeto de actualizar la composición y estructura de la «RE-LAB», su funcionamiento y financiación. En el año 2015, la «RE-LAB» estaba constituida por ocho laboratorios de referencia. La implementación de los acuerdos adoptados por el Comité científico técnico y la Comisión de Coordinación de la «RE-LAB», recogidos en las actas correspondientes de las reuniones celebradas en 2016 y 2017, precisa una actualización en la regulación de la «RE-LAB». Dichos acuerdos incluyen, entre otros: La incorporación de nuevos laboratorios, con el objeto de ampliar el ámbito geográfico de la «RE-LAB», ampliar los puntos focales y duplicar, en la mayoría de las áreas de riesgo, los laboratorios especializados. Con estas incorporaciones son doce los laboratorios de referencia, a los que se suma un laboratorio colaborador. La Red de Laboratorios de Alerta Biológica (en adelante «RE-LAB») se configura como una infraestructura de naturaleza científico-técnica, formada por laboratorios especializados en microbiología, cuya finalidad es el apoyo operativo al Sistema de Seguridad Nacional ante riesgos y amenazas por agentes biológicos. La «RE-LAB» desempeñará sus funciones en el ámbito de la seguridad biológica, en especial en todo lo relacionado con la detección e identificación de agentes biológicos en las áreas de salud humana, sanidad ambiental, seguridad alimentaria, sanidad animal y sanidad vegetal. En todo caso, la «RE-LAB» desempeñará las siguientes funciones:  
  1. Detección e identificación de posibles alertas provocadas por la liberación accidental o intencionada de agentes biológicos.
  2. Apoyo científico-técnico en crisis biológicas al Gobierno y a las restantes Administraciones Públicas competentes, como infraestructura científico-técnica especializada del Sistema de Seguridad Nacional.
  3. Creación y mantenimiento de una red informática para interconexión de datos y compartición de información entre los laboratorios que componen la «RE-LAB», integrando en red la detección e identificación de riesgos, la planificación y preparación de respuestas y el desarrollo de las intervenciones que corresponda a cada uno de los Departamentos con competencias sectoriales en las áreas anteriormente mencionadas.
  4. Establecimiento de contactos con otras redes de alerta biológica europeas e internacionales.
  5. Elaboración de protocolos de primera actuación y respuesta rápida que, entre otros aspectos, comprenderá: toma de muestras, traslado de las mismas, cadena de custodia, asesoramiento, comunicaciones, etc.
  6. Puesta en marcha de técnicas novedosas de detección e identificación de agentes biológicos y optimización de las existentes, así como la cesión y compartición de las técnicas entre los laboratorios integrantes de la «RE-LAB» a efectos de optimizar y normalizar resultados.
  7. Impulso de la acreditación de los laboratorios de acuerdo a estándares internacionales.
  8. Garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad y biocustodia requeridas para el manejo de agentes biológicos en función de su grupo de riesgo.
  9. Coordinación de la intervención adecuada de los laboratorios en cada actuación, así como de las informaciones y las comunicaciones derivadas de las actuaciones de las distintas Instituciones que participan en la respuesta.
  10. Apoyo y coordinación de los medios científico-técnicos necesarios para la toma de decisiones de la autoridad competente en cada caso, en las situaciones de alerta y emergencia por agentes biológicos.
  11. Formación en el ámbito de estas funciones mediante la organización de ejercicios intercomparativos entre laboratorios que permitan la optimización de técnicas y la normalización de resultados.
  La «RE-LAB» estará constituida por laboratorios de referencia, en el ámbito de la microbiología, especializados en las diferentes áreas de riesgo: salud pública, sanidad ambiental, seguridad alimentaria, sanidad animal, sanidad vegetal, y cualquier otra área de investigación relacionada con las funciones que tiene encomendadas. A los efectos de la presente orden, se consideran laboratorios de referencia aquellos que proporcionan una confirmación precisa de los resultados diagnósticos obtenidos por los laboratorios del país dentro de su campo de especialización; son fuente de material de referencia para los laboratorios y organizaciones que lo soliciten; proporcionan asesoramiento científico; investigan y colaboran con sus pares regionales e internacionales y contribuyen a las actividades de vigilancia, alerta y respuesta. La «RE-LAB» podrá integrar laboratorios colaboradores que, si bien no reúnen las características de un laboratorio de referencia, pueden aportar un valor añadido a la red por su singularidad.
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