Los españoles podrán elegir ser tratados en países de la UE para servicios dentro del SNS

11/02/2014
Servicios Hospitalarios Noticias Los españoles podrán elegir ser tratados en países de la UE para servicios dentro del SNS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto con el que se incorpora al ordenamiento jurídico español una Directiva comunitaria de 2011 relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica otro Real Decreto del 17 de diciembre de 2010, sobre receta médica y órdenes de dispensación.


 


La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha reconocido en rueda de prensa que "se trata de la norma comunitaria del ámbito sanitario de mayor impacto de los últimos años, pues supondrá una importante adaptación organizativa de todos los sistemas de salud de los Estados miembros".


 


En virtud de esta Directiva, los pacientes de los países de la Unión Europea podrán acudir a un Estado miembro distinto al suyo para recibir asistencia sanitaria, adelantando el pago de los servicios que reciban y solicitando después el reembolso a su país, bajo unas determinadas condiciones: siempre que la atención solicitada esté incluida dentro de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS). En el caso de algunos tratamientos se requerirá autorización previa.


 


Los pacientes tendrán que solicitar autorización previa en caso de hospitalización durante más de una noche o utilización de equipos y tecnología muy especializados, y tendrán asegurada la continuidad del tratamiento. Por otra parte, la norma aprobada modifica otro Real Decreto de 2010 para facilitar el reconocimiento de las recetas médicas expedidas en otro Estado. De este modo, los facultativos podrán expedir "recetas europeas" válidas en toda la Unión. En ellas deberá constar el principio activo del medicamento.


Los pacientes podrán acudir a un Estado miembro distinto al suyo para recibir asistencia sanitaria, adelantando el pago de los servicios que reciban y solicitando después el reembolso a su país bajo unas determinadas condiciones.

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