Normas acústicas en espacios sanitarios
Fecha: Octubre 2019
Idioma: Castellano
Procedencia: Ecophon
Web: ver aquí
Autor: Juan Negreira, Dr. Ingeniero Acústico, Concept Developer (Saint-Gobain Ecophon España)
Las normas internacionales facilitan, a través de una regulación, recomendación o definición de métodos de ensayo o cálculo… que las cosas funcionen y/o sean hechas como se pretende, a la vez que proporcionan especificaciones reconocidas mundialmente para productos, servicios y sistemas por igual. Los estándares también aseguran que las empresas operen de manera segura, eficiente y brinden un producto o servicio de alta calidad a sus clientes.
Afortunadamente, la “conciencia acústica” sobre el impacto que tiene el ruido en nuestras vidas diarias y nuestra salud, independientemente del ambiente considerado (laboral, escolar, hospitalario…), está creciendo. Fruto de eso, es la proliferación de normas acústicas. Pero… ¿existen normas que regulan el acondicionamiento acústico y el confort dentro de espacios sanitarios específicamente? ¿Cuáles son? ¿Qué parámetros limitan? ¿Cómo son las normas españolas comparadas con las de otros países europeos?... A estas y otras preguntas trataremos de responder en este artículo.
Tiempo de reverberación y otros parámetros de acondicionamiento acústico
El tiempo de reverberación se define en la norma ISO 3382 [1] como el tiempo que tarda (en segundos) un sonido en disminuir su nivel de ruido en 60 dB después de que la emisión de la fuente se haya detenido. El tiempo de reverberación se mide más comúnmente, por razones prácticas, a través de una decaída de 20 dB o 30 dB (denotado T20 y T30), 5 dB después de que cese el ruido, y luego se extrapola al rango completo de 60 dB (denotado T60). La nomenclatura general es TR, o de sus siglas en inglés RT (reverberation time).
El tiempo de reverberación nos informa sobre cuánto tiempo permanecen los sonidos en una habitación antes de que desaparezcan. El tiempo de reverberación es directamente proporcional al volumen (es decir, cuanto más volumen tenga un recinto mayor será la reverberación) e inversamente proporcional a la absorción (cuanta más absorción introduzcamos en el espacio más reduciremos la reverberación). El TR se calcula según la ley de Sabine:
Donde V[m3] es el volumen del recinto considerado y A[m2Sabine] es el área de absorción equivalente (es decir, la suma de los “rendimientos de absorción” de todos los materiales que revisten el recinto considerado, que indica cuánta superficie está realmente absorbiendo sonido). Esta ecuación parte de la hipótesis de la existencia de un campo difuso (es decir, que el sonido tiene ángulos de incidencia distribuidos de manera uniforme contra una superficie del recinto, lo que es difícil de conseguir en realidad).
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