Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo

Ministerio de la Presidencia | 18/07/1997
Arquitectura Documentación Normativas Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo


BOE nº188 de 7 de agosto de 1997. Real Decreto 1215/1997 de 18 julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo
Las normas de desarrollo reglamentario las que deben fijar las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre ellas se encuentran las destinadas a garantizar que de la presencia o utilización de los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo no se deriven riesgos para la seguridad o salud de los mismos.
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