Instalaciones de iluminación del bloque quirúrgico

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Una primera versión de este artículo fue publicado en el libro Introducción a las instalaciones del bloque quirúrgico, editado por JG Ingenieros.

 

Funciones de la instalación eléctrica

Las infraestructuras sanitarias, en general, tienen condicionantes específicos desde el punto de vista de las instalaciones eléctricas; pero es en zonas como los bloques quirúrgicos donde el nivel de exigencia es mayor. Ello viene motivado por los requisitos de las actividades que en ellos se desarrollan y la criticidad del estado de los pacientes.

Las instalaciones eléctricas deben contribuir a garantizar las siguientes funciones dentro del bloque quirúrgico:

  • Alumbrado normal.
  • Alumbrado de emergencia.
  • Suministro eléctrico.
  • Seguridad de las personas.

Alumbrado normal

Las instalaciones de alumbrado de las zonas del bloque quirúrgico deberán diseñarse de acuerdo con el Código Técnico de la Edificación (CTE). Dos son las secciones que tratan los diferentes aspectos de la iluminación:

  • Sección SU4: seguridad frente al riesgo de iluminación inadecuado.
  • Sección HE3: condiciones de las instalaciones de iluminación.

La sección SU4 tiene como objetivo básico “reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios” y establece unos valores mínimos de nivel de iluminación. Contempla sólo aspectos de seguridad.

 

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Diferentes tipos de lámparas de quirófano

 

La sección HE3 establece parámetros y criterios de cálculo de las instalaciones para que la iluminación sea eficiente desde el punto de vista energético y sea adecuada a las necesidades según el uso del local y la tarea a realizar. Se define un índice de la eficiencia energética y la necesidad de encendido de la iluminación por zonas y el control y regulación de la iluminación en función de la luz natural.

El índice que mide la eficiencia energética es el denominado “Valor de eficiencia energética de la instalación” o VEEI. Determina la potencia eléctrica instalada para una referencia de 1 m² y 100 lux. La potencia eléctrica incluirá la de la lámpara y la del equipo auxiliar. Cuanto mayor sea el índice, mayor será el consumo eléctrico y por tanto menos eficiente será el sistema.

Se establecen valores máximos admisibles de VEEI en función de la zona y se indican en la tabla 3.1 de DB-HE3. A continuación se adjuntan una selección de zonas de la tabla que pueden considerarse en el bloque quirúrgico:

  • Salas de diagnóstico: 3,5
  • Habitaciones de hospital: 4,0
  • Almacenes, archivos, salas técnicas y cocinas: 4,0
  • Zonas comunes: 4,0
  • Locales con nivel de iluminación superior a 600 lux: 2,5
  • Recintos interiores no incluidos en el listado de la tabla 2.1: 4,0

 

Así mismo se establecen valores máximos de potencia instalada en el edificio, atendiendo al uso de este. Estos valores se indican en la Tabla 2.2. de HE3.

Para uso hospitalario (de tabla 3.2): 10W/m2

 

La norma UNE 21464.1:2012 clasifica las diferentes áreas interiores y establece los requisitos de iluminación de cada una de ellas, indicando los valores mínimos de los siguientes parámetros:

  • Iluminancia media (Em) expresada en luxes. En áreas donde pueden llevarse a cabo tareas con diferentes requisitos sería adecuado que el sistema fuera regulable para darle flexibilidad.
  • Índice de deslumbramiento unificado (UGR). El deslumbramiento excesivo supone estrés visual y dificulta las condiciones de trabajo del personal sanitario.
  • Uniformidad de iluminancia (U0). Es la relación entre la iluminancia mínima y la iluminancia media.
  • Índice de rendimiento de color (Ra). La reproducción de los colores de la manera más fiel posible es un requisito crucial en salas de intervención, quirófanos, preoperatorias y de recuperación, donde se indican valores mínimos de 90 sobre 100.

Así mismo se tiene en cuenta la relación entre la iluminación en el área donde se desarrolla la tarea y el área circundante para evitar la fatiga debida al excesivo contraste y facilitar la acomodación. En el quirófano se demandan de 10.000 a 100.000 lux en el área de operación y una iluminación de áreas circundantes de 500 lux.

La norma incorpora tablas específicas para establecimientos sanitarios, que se adjuntan a continuación:

 

 

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