Se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los establecimientos de elaboración de comidas para su distribución a colectividades y/o venta en establecimientos minoristas y de hostelería.

Departamento de Sanidad | 18/06/2003
Servicios Hospitalarios Servicio Hostelero Alimentación Documentación Normativas Se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los establecimientos de elaboración de comidas para su distribución a colectividades y/o venta en establecimientos minoristas y de hostelería.


BOPV nº 119 de 18 de junio de 2003. Orden de 20 de marzo de 2003, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los establecimientos de elaboración de comidas para su distribución a colectividades y/o venta en establecimientos minoristas y hostelería (cocinas centrales e industria de platos preparados).

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