Ley Canaria de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.

Comunidad Autónoma de Canarias | 06/04/1995
Arquitectura Accesibilidad Documentación Normativas Ley Canaria de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.


Ley 8/1995. de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación
(B.O.C. 50, de 24.4.95)
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Ámbito de aplicación de la Ley.
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 4. Niveles de accesibilidad.

TITULO SEGUNDO
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE ACCESIBILIDAD
CAPITULO PRIMERO
Artículo 5. Características del urbanismo.
Artículo 6. Accesibilidad de los espacios de concurrencia o de uso público.
CAPÍTULO SEGUNDO

Disposiciones sobre Barreras Arquitectónicas (BA)
Artículo 7. Accesibilidad en las edificaciones de concurrencia o de uso público.
Artículo 8. Accesibilidad en las edificaciones de uso privado de promoción pública o privada
Artículo 9. Espacios reservados.
Artículo 10. Reserva de viviendas para personas en situación de limitación, movilidad o comunicación reducida.
Artículo 11. De las adaptaciones interiores de las viviendas.
Artículo 12. Accesibilidad de los elementos comunes.

CAPITULO TERCERO
Disposiciones sobre Barreras en los Transportes (BT)
Artículo 13. Accesibilidad en los transportes públicos.
Artículo 14. Instalaciones fijas del transporte.
Artículo 15. Material móvil.
Artículo 16. Accesibilidad en los transportes privados.
Artículo 17. Del transporte discrecional de viajeros.
Artículo 18. Taxis y vehículos especiales.

CAPITULO CUARTO
Disposiciones sobre Barreras en la Comunicación (BC)
Artículo 19. Accesibilidad en los sistemas de comunicación y señalización.
Artículo 20. Acceso al entorno de las personas con limitación visual.
Artículo 21. Acceso al entorno de las personas con limitación auditiva.

TITULO TERCERO
MEDIDAS DE FOMENTO Y DE CONTROL
CAPITULO PRIMERO
Medidas de fomento de la accesibilidad y de la supresión de barreras
Artículo 22. Medidas de fomento.
Artículo 23. Fondo para la supresión de barreras.
Artículo 24. Planes de actuación.
Artículo 25. Medidas de control.

TITULO CUARTO
RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 26. Infracciones y Sanciones.
Artículo 27. Infracciones.
Artículo 28. Graduación de las multas.
Artículo 29. Sujetos responsables.
Artículo 30. Procedimiento Sancionador.
Artículo 32. Prescripción.

TITULO QUINTO
CONSEJO PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD Y LA SUPRESIÓN DE BARRERAS
Artículo 33. Creación, composición y funciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIONES FINALES
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