NUEVAS DIRECTIVAS EUROPEAS DE PRODUCTOS ELECTRÓNICOS

Francesc Daura | 11/04/2016
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En 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea ocho Directivas de Marcado CE más la Directiva de equipos radioeléctricos. Se trata de refundiciones que permiten modificar aspectos, aclarar conceptos, unificar las Directivas y facilitar los procesos, simplificando y unificando anteriores modificaciones en un solo texto para mayor claridad, concretando cada una las obligaciones de los agentes implicados en el proceso de comercialización de los productos. En particular, detallan las obligaciones que deben cumplir: fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores. Estas nuevas Directivas europeas, importantes para los ingenieros de diseño de productos electrónicos, derogan sus Directivas predecesoras. Estas Directivas europeas están remodeladas alineadas al Nuevo Marco Legislativo (NML) publicado en 768/2008/CE.


En 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la nueva Directiva 2013 / 35 / UE (salud y seguridad relativa a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de agentes físicos (campos electromagnéticos)) que se deroga la Directiva 2004/40/CE y entra en vigor el próximo 1 de julio de 2016. Las tablas 1 y 2 adjuntas resumen los detalles de las diez Directivas comentadas.



La Directiva 2006/95/CE de Baja Tensión (LVD) se convierte en la nueva Directiva 2014/35 / UE. El ámbito de aplicación ha cambiado e incluye ahora la salud y la propiedad. Temas como el medio ambiente y la ergonomía deben ser tenidos en cuenta. Esto estaba implícito en la Directiva 2006/95/CE, pero no se especificaba. Los principales elementos relacionados con la seguridad no han cambiado. Sin embargo, ahora la Directiva exige la realización de un Análisis de Riesgos como parte del expediente técnico. Esta Directiva LVD no prevé ningún procedimiento de evaluación de la conformidad que requiera la intervención de un Organismo Notificado. Los Organismos Notificados para la LVD dejarán de existir desde el 20 de abril de 2016.


Se puede encontrar más información en la guía azul. La Directiva R&TTE 1999/5 /CE (Equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación) se convierte en la Directiva RED 2014/53 / UE (Equipos radioeléctricos). Es necesario en preparar un Expediente Técnico. El Fabricante debe incluir las bandas de frecuencia en las que el equipo opera, y la potencia máxima de transmisión. Los equipos de telecomunicación por cable quedan cubiertos por las directivas CEM y LVD.


Los equipos que operan por debajo de 9kHz quedarán incluidos en esta Directiva RED (anteriormente excluidos). Promueve el uso de cargadores universales, mencionando específicamente los teléfonos móviles.


La Directiva 2004/108/CE de compatibilidad electromagnética (CEM) queda sustituida por la Directiva 2014/30/UE. En concreto, a nivel técnico, esta nueva Directiva no cambia lo que dispone la anterior Directiva 2004/108/UE. No añade nuevos requerimientos técnicos para los fabricantes, pero si añade responsabilidades a los importadores en la UE, si el fabricante está fuera de la UE. Muchos importadores no son conscientes de sus responsabilidades ante la UE y pueden tener problemas con las autoridades. También amplía varios aspectos relacionados con la coordinación los organismos nacionales de acreditación, los organismos notificados y los organismos de evaluación de la conformidad y clarifica y refuerza que legalmente un laboratorio no puede actuar como consultor al mismo tiempo. Estas tres Directivas son las que más afectan a los productos electrónicos en general.


(...) Para seguir leyendo el artículo descargar documento adjunto.


 



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