Se aprueban los estandards de calidad al que se refiere el artículo 5 del Decreto 169/1996, de 23 de mayo, que tienen que cumplir los centros que realizan pruebas diagnósticas
Seguridad Social. Centros sanitarios de mutuas laborales e instalaciones sanitarias de empresas colaboradoras en la gestión en relación con contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.