Corrección de erratas de la Orden de 25 de marzo de 1998 por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997
Decisión del Consejo relativa a la celebración por la Comunidad del Convenio Europeo sobre la protección de los animales vertebrados utilizados para experimentación y otros fines científicos.
Se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Se establecen normas y especificaciones relativas al sistema de calidad de los centros y servicios de transfusión
Corrección de errores de la orden por la que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas exigibles a los centros, servicios y establecimientos que desarrollen la actividad de análisis clínicos y a las unidades de obtención de muestra
Se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas exigibles a los centros, servicios y establecimientos que desarrollen la actividad de análisis clínicos y a las unidades de obtención de muestras de Castilla y León.
Se establecen los requisitos de trazabilidad y de notificación de reacciones y efectos adversos graves de la sangre y de los componentes sanguíneos
Se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
Se adoptan decisiones de importación comunitaria de determinados productos químicos con arreglo al Reglamento (CE) nº 304/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se modifican las Decisiones 2000/657/CE, 2001/852/CE y 2003/508/CE.
Se establecen las tipologías fisiopatólogicas que permiten la superación de los límites generales establecidos para la fecundación de ovocitos en procesos de reproducción asistida.
Se imponen limitaciones a la comercialización y uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos (nonilfenol, etoxilados de nonilfenol y cemento).
Corrección errores materiales sobre las condiciones y requisitos técnicos para la instalación y funcionamiento de los laboratorios clínicos y unidades de obtención de muestras y especímenes.
Corrección de errores por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
Se establecen las condiciones y requisitos técnicos para la instalación y funcionamiento de los laboratorios clínicos y unidades periféricas de obtención de muestras y especímenes.